La economía de plataformas digitales acaba de sumar una referencia laboral de alcance internacional. La Organización Internacional del Trabajo ha aprobado un convenio para reforzar la protección de quienes trabajan a través de aplicaciones, desde repartidores hasta conductores vinculados a plataformas como Uber, Bolt, Deliveroo o Glovo.
El texto busca acercar sus derechos a los del resto de trabajadores en materias clave como salario mínimo, seguridad social, salud laboral, negociación colectiva y protección frente al despido. También incorpora una cuestión central para el futuro del empleo digital: el derecho a recibir información sobre los algoritmos que influyen en la asignación de tareas, la evaluación del rendimiento o decisiones que afectan directamente a la actividad diaria.
La aprobación ha sido celebrada por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, tras años de debate dentro de la OIT. El convenio, sin embargo, no tendrá efecto automático en todos los países. Cada Estado deberá ratificarlo y, una vez completado ese paso, entrará en vigor a los doce meses en el territorio correspondiente.
Nuevas reglas para el trabajo en plataformas digitales
El convenio pide a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar el trabajo decente en plataformas digitales. Esto incluye el respeto a derechos fundamentales como la libertad de asociación, la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso, la prohibición del trabajo infantil, la no discriminación y la protección en entornos seguros y saludables.
Uno de los puntos más relevantes es la remuneración. La OIT reclama que las personas que trabajan mediante plataformas reciban una compensación adecuada y que esta no sea inferior al salario mínimo legal o negociado que resulte aplicable.
La medida responde a una realidad cada vez más extendida. Muchos trabajadores de plataformas no encajan con claridad en los esquemas laborales tradicionales o no tienen reconocida una relación laboral formal. Esa situación puede dejarles fuera de derechos básicos que sí están consolidados para los asalariados.
El convenio también introduce garantías frente a la desactivación de cuentas o la finalización de la relación laboral por motivos discriminatorios o ilícitos. En este sector, perder el acceso a una aplicación no es un simple trámite técnico. Para muchos repartidores o conductores puede significar quedarse sin su principal fuente de ingresos.
El algoritmo ya es una cuestión laboral
La OIT coloca los algoritmos de las plataformas en el centro del debate laboral. Estas herramientas se utilizan para asignar pedidos, ordenar la disponibilidad, evaluar el desempeño o decidir qué trabajadores reciben más oportunidades dentro de una aplicación.
Por eso, el convenio reconoce el derecho de los trabajadores a ser informados sobre cómo se toman esas decisiones y a solicitar una revisión cuando les afecten. La cuestión es clave porque conecta la protección laboral clásica con los nuevos desafíos de la inteligencia artificial, la automatización y la gestión digital del empleo.
¿Qué ocurre cuando una decisión automatizada reduce los ingresos de una persona sin una explicación clara? Esa es una de las preguntas que el convenio intenta llevar al terreno de los derechos laborales.
El texto también reclama medidas de protección de datos personales y garantías frente a la violencia y el acoso, incluidos los casos que puedan producirse en entornos digitales. Además, reconoce el derecho de los trabajadores a interrumpir una tarea cuando exista un peligro grave para su vida o su salud.
Con estas medidas, la OIT amplía el debate más allá del reparto y el transporte. El mensaje de fondo es claro: el trabajo gestionado por aplicaciones necesita reglas sobre salario, seguridad, datos y decisiones automatizadas.
España reivindica su papel y la Ley Rider
El Ministerio de Trabajo ha defendido la participación de la delegación española en la negociación del convenio. Según el departamento de Yolanda Díaz, España ha contribuido a desbloquear resistencias dentro del proceso, especialmente por parte de organizaciones empresariales.
Trabajo vincula esta posición con la experiencia de la Ley Rider, que situó aEspaña entre los países que han legislado de forma más visible sobre el empleo en plataformas. El Ministerio también recuerda el papel español en la elaboración de la normativa europea sobre esta materia.
Aun así, el debate nacional no está cerrado. El Gobierno se ha comprometido en distintas ocasiones a extender la protección laboral en plataformas digitales más allá de los repartidores, aunque todavía no ha iniciado ese proceso dentro del diálogo social.
Un convenio para seguir el ritmo de la tecnología
La negociación del texto ha recaído en la Comisión sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas. Su presidente, Colin Jordan, ministro de Trabajo y Seguridad Social de Barbados, defendió durante el proceso que la OIT debía responder a una transformación tecnológica que avanza con más rapidez que otras revoluciones económicas anteriores.
Desde la organización también se ha subrayado que el convenio busca llevar derechos y beneficios a personas que no siempre están cubiertas por una relación laboral formal. La correcta clasificación de la relación laboral aparece como uno de los grandes retos, especialmente en un mercado digital donde abundan fórmulas de contratación poco claras.
La directora del Departamento de Condiciones de Trabajo e Igualdad de la OIT, Sukti Dasgupta, apuntó que todavía es pronto para saber cuántos países ratificarán el convenio o si lo harán grandes potencias tecnológicas como Estados Unidos o China. La organización espera alcanzar las dos ratificaciones necesarias para activar su puesta en marcha.
La aprobación del convenio marca un punto de inflexión para las plataformas digitales. No resuelve por sí sola todos los conflictos laborales del sector, pero fija una referencia internacional en un terreno donde la tecnología ha avanzado mucho más rápido que la regulación.
