La Audiencia Nacional manda un nuevo aviso para las empresas: no podrán “perderse” los festivos que caigan en sábado

La Audiencia Nacional ha fijado un criterio laboral con impacto directo en la organización de turnos: cuando un festivo laboral coincida con el descanso semanal en sábado, la plantilla tendrá derecho a disfrutar de otro día libre. La resolución parte de un conflicto colectivo en el sector de los centros de atención al cliente, aunque los sindicatos consideran que puede tener recorrido más allá del convenio de contact center.

La sentencia, fechada el 19 de mayo, da la razón a USO, CGT, UGT y CCOO en las demandas presentadas contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX). También se adhirieron a esas acciones CIG, CSIF y STC. El fallo, en cualquier caso, no es definitivo: todavía puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.

Un fallo que pone el foco en los cuadrantes laborales

El caso analiza una práctica habitual en determinadas empresas del sector: no conceder compensación cuando un festivo estatal, autonómico o local cae en sábado y ese día ya aparece en el cuadrante como descanso semanal de la persona trabajadora. Para la Audiencia Nacional, esa forma de organizar el calendario no se ajusta a derecho.

El tribunal entiende que el descanso semanal y el festivo laboral responden a finalidades distintas. Por eso, uno no puede absorber al otro. Dicho de forma, si el trabajador ya tenía libre el sábado por su distribución semanal y ese sábado coincide con un festivo, la empresa debe darle otro día de descanso para que el festivo se disfrute de manera real.

Esta interpretación afecta de forma directa a las plantillas que trabajan de lunes a viernes o de lunes a sábado, siempre que el sábado figure como día de descanso semanal y coincida con un festivo reconocido en el calendario laboral. ¿Puede un festivo desaparecer solo porque cae en un día que ya era libre? La Audiencia Nacional considera que no.

Los sindicatos ven una doctrina con recorrido en otros sectores

Aunque la sentencia se refiere al convenio de contact center, USO ha defendido que el criterio puede aplicarse en otros ámbitos laborales donde exista una situación similar. La organización sindical considera que la resolución refuerza la idea de que las empresas no pueden neutralizar los festivos mediante la forma en la que diseñan los turnos.

El argumento central es que los 14 festivos anuales reconocidos deben poder disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, con independencia de cómo esté distribuida su jornada. La clave está en evitar que el descanso semanal sustituya al festivo cuando ambos coinciden en el calendario.

En la práctica, esto puede afectar a compañías que organizan sus equipos con descansos fijos en sábado y que, hasta ahora, no recuperaban los festivos que caían en ese día. Para los trabajadores, la sentencia supone una garantía adicional.

El precedente del Supremo y la novedad sobre los sábados

La resolución de la Audiencia Nacional llega después de un pronunciamiento previo del Tribunal Supremo, fechado el 30 de abril de 2025, sobre el solapamiento entre descanso semanal y festivo laboral. En aquella sentencia, el Supremo reconoció el derecho a compensación para trabajadores con jornada de lunes a domingo cuyo descanso fijo, situado entre lunes y viernes, coincidiera con un festivo.

La novedad ahora está en el sábado. La Audiencia Nacional aborda de forma específica qué ocurre cuando el festivo cae en ese día y la persona trabajadora lo tiene asignado como descanso semanal. Su respuesta va en la misma línea: también debe compensarse con otro día libre.

Este matiz es importante porque muchas empresas organizan sus calendarios con el sábado como día no laborable o de descanso para parte de la plantilla. Si el criterio se consolida, los departamentos de recursos humanos deberán revisar con más cuidado cómo encajan los festivos dentro de los cuadrantes.

Impacto para empresas y trabajadores

El fallo puede obligar a las compañías afectadas por el convenio de contact center a revisar calendarios laborales, cuadrantes y sistemas de compensación. También abre una conversación relevante en otros sectores donde los festivos en sábado no se estén recuperando con días adicionales de descanso.

Para las empresas, el criterio supone un aviso: la planificación de turnos no puede vaciar de contenido el derecho a disfrutar los festivos laborales. La última palabra podría quedar en manos del Tribunal Supremo si la sentencia es recurrida. Hasta entonces, la Audiencia Nacional ha aclarado que los festivos deben disfrutarse como festivos y no quedar diluidos dentro del descanso semanal.

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