Hay una ley que permite cancelar tus deudas legalmente y cada vez más españoles la están usando

El número de expedientes de segunda oportunidad tramitados en España lleva varios años creciendo de forma sostenida. Lo que en 2015 era un mecanismo prácticamente desconocido se ha convertido en una herramienta legal de uso creciente entre particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus deudas. La Ley de Segunda Oportunidad, aprobada ese mismo año mediante el Real Decreto-ley 1/2015, permite a personas físicas insolventes obtener la exoneración total o parcial de sus deudas a través de un proceso judicial regulado.

El perfil del solicitante ha evolucionado. Si en los primeros años predominaban los autónomos con deudas derivadas del cierre de su actividad, hoy el grueso de los expedientes corresponde a particulares con deudas acumuladas frente a entidades financieras, tarjetas de crédito o préstamos personales. El rango más habitual se sitúa entre los 15.000 y los 80.000 euros, aunque la ley no establece un mínimo ni un máximo.

El proceso consta de varias fases. Primero se realiza un estudio de viabilidad para comprobar si el solicitante cumple los requisitos, entre ellos acreditar insolvencia, no contar con condenas por delitos económicos en los últimos diez años y haber actuado de buena fe en la gestión de la deuda. Después se inicia un intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores y, si este fracasa, se presenta la solicitud de concurso de acreedores ante el juzgado correspondiente. El procedimiento puede culminar con la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, la cancelación legal de las deudas pendientes.

Uno de los aspectos que más ha contribuido a la normalización del proceso es la posibilidad de gestionarlo íntegramente de forma digital. Los solicitantes no necesitan acudir físicamente a ninguna sede ni al juzgado durante la mayor parte del trámite. La documentación se recopila y presenta de manera telemática, lo que ha eliminado una de las principales barreras de acceso, especialmente para personas que residen fuera de la ciudad donde tiene sede el despacho que gestiona su caso.

Los plazos de resolución varían según el juzgado y la complejidad del caso, pero en términos generales oscilan entre seis y doce meses desde la presentación de la demanda. El tiempo previo, dedicado a la recopilación de documentación y la presentación ante el juzgado, puede reducirse considerablemente cuando el despacho cuenta con protocolos específicos para este tipo de procedimientos.

Despachos especializados en este ámbito, como Abogados para tus deudas, con sede en Barcelona y atención en toda España, han gestionado más de 3.000 expedientes con una tasa de éxito del 98%, lo que les sitúa entre los referentes del sector. La clave, según señalan desde el propio despacho, no está solo en el conocimiento legal sino en el acompañamiento durante todo el proceso, desde el estudio inicial hasta la notificación de la sentencia.

La tendencia apunta a que el uso de esta vía seguirá aumentando. La mejora en el conocimiento de la ley entre la población, junto con la mayor facilidad de acceso a través de canales digitales, está reduciendo el estigma histórico asociado al concurso de acreedores y convirtiendo la segunda oportunidad en una salida real para miles de familias españolas.

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