El fundador de Roja Directa se enfrenta a cuatro años de prisión en el juicio que arranca en A Coruña

La Audiencia Provincial de A Coruña inicia este jueves el juicio oral contra Igor Seoane, creador de Roja Directa y responsable de la sociedad Puerto 80 Projects SL. El procedimiento penal se centra en la actividad del portal durante la temporada 2015/2016, un periodo concreto que va de agosto de 2015 a mayo de 2016.

La Fiscalía solicita cuatro años de prisión por la presunta difusión ilícita de partidos de fútbol de pago a través de enlaces que se ofrecían gratuitamente en la web. No se juzga toda la trayectoria del portal, sino ese tramo específico. El núcleo del debate será si facilitar enlaces a retransmisiones de terceros vulneró derechos de propiedad intelectual y si existió ánimo de lucro.

La causa avanzó tras una resolución dictada en abril de 2025 por la propia Audiencia coruñesa. En ella se consideró que la actividad de Roja Directa perjudicaba los derechos e intereses de Telefónica España, entonces denominada DTS y anteriormente Sogecable, así como de Mediapro y LaLiga. Son las entidades que explotaban los derechos televisivos de los partidos.

En el mismo procedimiento, cinco colaboradores del portal aceptaron una condena de seis meses de prisión y una multa de 2.160 euros cada uno. No implicaba ingreso en prisión. Igor Seoane y la sociedad Puerto 80 Projects SL, en cambio, no reconocieron los hechos, lo que ha desembocado en la celebración del juicio.

Durante las sesiones está prevista la declaración de los agentes policiales que participaron en la investigación. Uno de los puntos clave será determinar si la inserción de publicidad junto a los enlaces constituye prueba de ánimo de lucro. Por ejemplo, si un usuario accedía a un enlace para ver un partido y se encontraba con banners o anuncios asociados a la página, esa monetización puede ser interpretada como beneficio económico indirecto.

El procedimiento podría quedar visto para sentencia a partir del 2 de marzo si el calendario se mantiene. La resolución marcará un precedente relevante en un terreno que durante años ha generado controversia jurídica: ¿es delito enlazar contenidos que vulneran derechos de terceros?

La actividad de Roja Directa ha estado rodeada de litigios civiles y penales desde hace más de una década. En 2015, Mediapro y Telefónica solicitaron medidas cautelares para cesar la actividad de las páginas que facilitaban enlaces a partidos. A pesar de esas resoluciones y de posteriores sentencias, han seguido apareciendo dominios que utilizan la denominación Roja Directa.

En el ámbito civil, los procesos impulsados por Telefónica, Mediapro y LaLiga derivaron en una condena al pago de 31,6 millones de euros a favor de Mediapro. Esa cantidad no se ha abonado porque el asunto se encuentra recurrido. Es un frente económico paralelo al penal.

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, dictada en febrero de 2017, estimó la demanda presentada por DTS y declaró que Puerto 80, a través del dominio rojadirecta.me, había vulnerado derechos de propiedad intelectual. La resolución acordó el cierre del portal en todos sus dominios.

El juicio que ahora comienza se circunscribe a hechos concretos y a un periodo delimitado. Pero su impacto puede ir más allá. La línea entre facilitar acceso y participar en la explotación ilícita de contenidos sigue siendo objeto de debate jurídico. Lo que decida la Audiencia Provincial de A Coruña no solo afectará al fundador de Roja Directa, sino también al marco en el que operan otras plataformas similares.

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